Salud y riesgos » A » agente cancerígeno o mutágeno
agente cancerígeno o mutágeno Se entenderá por agente cancerígeno o mutágeno :
Una sustancia que cumpla los criterios para su clasificación como cancerígeno de 1.ª ó 2.ª categoría, o mutágeno de 1.ª ó 2.ª categoría, establecidos en la normativa vigente relativa a notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas .
Un preparado que contenga alguna de las sustancias mencionadas en el apartado anterior, que cumpla los criterios para su clasificación como cancerígeno o mutágeno, establecidos en la normativa vigente sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
También se entenderá como agente cancerígeno una sustancia, preparado o procedimiento de los mencionados en el anexo I de este real decreto 665/1997, así como una sustancia o preparado que se produzca durante uno de los procedimientos mencionados en dicho anexo.
Se entenderá por "valor límite", salvo que se especifique lo contrario, el límite de la media ponderada en el tiempo de la concentración de un agente cancerígeno o mutágeno en el aire dentro de la zona en que respira el trabajador, en relación con un período de referencia específico, tal como se establece en el anexo III del real decreto 665/1997.
Términos relacionados: promotor, Agentes cancerígenos o mutágenos. Prevención, genotoxicidad, carcinogénesis, mutágeno, agente antimicrobiano,
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