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Condiciones que deben reunir los EPI(inserte esta información en su web)
Los equipos de protección individual proporcionarán una protección eficaz frente a los riesgos que motivan su uso, sin suponer por sí mismos u ocasionar riesgos adicionales ni molestias innecesarias.
A tal fin deberán:
Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo.
Tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de salud del trabajador.
Adecuarse al portador, tras los ajustes necesarios.
Deben proporcionar una buena protección y ser eficaces.
Deben ser robustos y cómodos.
Deben ser prácticos y de fácilmantenimiento.
En caso de riesgos múltiples que exijan la utilización simultánea de varios equipos de protección individual , éstos deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia en relación con el riesgo o riesgos correspondientes.
En cualquier caso, un equipo de protección individual que se utilicen de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 773/1997 deberán reunir los requisitos establecidos en cualquier disposición legal o reglamentaria que les sea de aplicación, en particular en lo relativo a su diseño y fabricación
Términos relacionados: Medicina del trabajo, Competecias de los delegados de prevención, Condiciones de trabajo, gases, ergonomía y psicosociologia aplicada, equipos de protección individual,
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